El Colegio de Cirujanos Dentistas urge a la gobernadora convertir en ley el Proyecto del Senado 145 para proteger la salud bucal de los adultos mayores
San Juan (EFE) – El Colegio de Cirujanos Dentistas de Puerto Rico (CCDPR) expresó este martes su apoyo a la aprobación cameral del Proyecto del Senado 145, medida que obliga a los centros de cuidado prolongado a garantizar exámenes dentales al ingreso y una revisión oral anual a toda persona bajo su custodia.
La entidad urgió, además, a la gobernadora de Puerto Rico, Jennifer González, a convertir la medida, impulsada por la senadora Wandi Soto en colaboración con el CCDPR, en ley con su firma, según indicó en un comunicado.
La medida enmienda la Ley de Establecimientos para Personas de Edad Avanzada para obligar a los centros de cuido, asilos o instituciones similares a que documenten un examen oral en el expediente de cada residente, con un máximo de 60 días de retroactividad desde su ingreso, y mantengan una evaluación bucal al menos una vez al año, certificada por un dentista autorizado.
«Esta legislación reconoce que la salud oral es un componente esencial del bienestar integral de nuestros adultos mayores», dijo en el comunicado Ivette Rodríguez, presidenta del CCDPR.
Rodríguez explicó que el proyecto surge luego de que los dentistas identificaran decenas de adultos mayores con condiciones en la boca, incluyendo cáncer oral.
El proyecto también pide al Departamento de la Familia, en coordinación con el CCDPR, a establecer protocolos y mecanismos logísticos que aseguren el cumplimiento de esta política pública.
Entre las medidas contempladas, se incluye la posibilidad de clínicas gratuitas, visitas domiciliarias y otros modelos de acceso para residentes con movilidad limitada.
Como parte de los requisitos para obtener o renovar la licencia de operación, las instituciones deberán cumplir con la inclusión de los exámenes dentales requeridos.
La ley permite un margen de hasta 60 días posteriores al ingreso del residente para realizar el examen, dependiendo de sus condiciones particulares de salud, sin que esto afecte su admisión o permanencia en la institución.

